La autorización de residencia temporal por arraigo para la formación es un nuevo permiso regulado en el artículo 124.4 del Reglamento de Extranjería. Permite a personas extranjeras (no UE) tener residencia temporal de 12 meses para realizar formación en áreas como Formación Profesional, Certificados Profesionales, etc. Este permiso se conoce como «Arraigo para la Formación».
Requisitos principales
- Permanencia continuada de 2 años en España (máximo 90 días de ausencia en 2 años o 120 en 3 años)
- Sin antecedentes penales en los últimos 5 años
- No ser ciudadano de la UE
- Compromiso de formación presencial, requisito clave para el arraigo para la formación.
Autorización de residencia y trabajo por arraigo para la formación
La autorización es renovable por 12 meses adicionales si la formación dura más de un año o si el solicitante se matricula nuevamente para completar los estudios. Tras finalizar la formación, se puede solicitar una autorización de residencia y trabajo presentando un contrato laboral relacionado con la formación realizada, enmarcada en el contexto del arraigo para la formación.
El contrato debe cumplir ciertas condiciones:
- Por cuenta ajena
- Salario mínimo interprofesional en cómputo anual
- Mínimo 30 horas semanales (20 horas si hay menores o personas a cargo)
- Se admiten contratos a tiempo parcial si cumplen el salario mínimo en conjunto
¿Dónde presentar la solicitud?
La solicitud se presenta en Extranjería, presencial o telemáticamente (requiere certificado digital). Para información sobre el estado del expediente, se puede llamar al 902 022 222, enviar un SMS al 638 444 386, o contactar al 060. El trámite para el arraigo para la formación también requiere precisión en el seguimiento de la solicitud.
Solicitud de trabajo e información sobre el trámite
Es importante destacar que la inscripción en las Oficinas de Trabajo del SOC requiere una autorización de residencia vigente y un NIE. No se puede realizar solo con la solicitud de autorización por arraigo para la formación.
Para más detalles sobre requisitos y documentación, se recomienda consultar la página web de Extranjería y revisar el documento ‘Declaración Responsable’. Este procedimiento es parte integral del proceso de arraigo para la formación.